BARAHONA: Féliz Vidal ve positiva puesta en libertad de Amado Cuevas (Mikin) y de Joanny Hernández Paredes
Barahona.- El bogado de la defensa de Amado Cuevas (Mikin) y de Joanny Hernández Paredes, acusado por el Ministerio Público de trata de personas y de explotación sexual con fines comerciales, Carlos Julio Féliz Vidal, calificó de positiva la decisión adoptada por el juez interino Eudys Joanny Rodríguez Muñoz, del Juzgado de la Instrucción, del Distrito Judicial de Barahona.
El reputado jurista, favoreció la decision adoptada por el magistrado, ya que entiende han cambiado todos los presupuestos a favor del imputado, por lo que la medida es más que justificable.
Sin embargo, dijo que tiene preocupación porque existe la intención de aperturarle un juicio de fondo a los imputados, cuando, afirmó, no hay pruebas para una condena contra su defendido e interviene en el proceso una ONG que nada tiene que ver con el caso.
Afirmó que la institución Misión Internacional no tiene calidad en estos casos, ya que la ley limita su participación como querellantes en casos de ese tipo, ya que su competencia es solo en casos que tengan que ver con interese colectivos y difusos, como, por ejemplo, medio ambiente, patrimonio histórico y cultural, entre otros, "pero no del que se trata".
“El segundo párrafo del artículo 85 del Código Procesal Penal, modificado por la ley 10-2015, indica en los casos en los que una fundación u Ongs pueden actuar como querellantes, no en un proceso penal”, señaló el reputado jurista.
Féliz Vidal, afirmó que se trata de una acción contraria a las reglas del debido proceso, el cual está establecido en el artículo 69, ordinal 7 de la Constitución de la República, ya esto se torna lesiva a los derechos de los imputados.
El reputado jurista, favoreció la decision adoptada por el magistrado, ya que entiende han cambiado todos los presupuestos a favor del imputado, por lo que la medida es más que justificable.
Sin embargo, dijo que tiene preocupación porque existe la intención de aperturarle un juicio de fondo a los imputados, cuando, afirmó, no hay pruebas para una condena contra su defendido e interviene en el proceso una ONG que nada tiene que ver con el caso.
Afirmó que la institución Misión Internacional no tiene calidad en estos casos, ya que la ley limita su participación como querellantes en casos de ese tipo, ya que su competencia es solo en casos que tengan que ver con interese colectivos y difusos, como, por ejemplo, medio ambiente, patrimonio histórico y cultural, entre otros, "pero no del que se trata".
“El segundo párrafo del artículo 85 del Código Procesal Penal, modificado por la ley 10-2015, indica en los casos en los que una fundación u Ongs pueden actuar como querellantes, no en un proceso penal”, señaló el reputado jurista.
Féliz Vidal, afirmó que se trata de una acción contraria a las reglas del debido proceso, el cual está establecido en el artículo 69, ordinal 7 de la Constitución de la República, ya esto se torna lesiva a los derechos de los imputados.
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