DGM compartirá información para garantizar filiación extranjeros a la seguridad social
SANTO DOMINGO, D.N.-La Dirección General de Migración (DGM) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) firmaron un convenio de colaboración para compartir información a fin de garantizar el derecho a la seguridad social de todos los extranjeros que residan legalmente en la República Dominicana.
El acuerdo de cooperación entre la DGM y la TSS, fue firmado por sus respectivos incumbentes, mayor general (ERD), Ruben Darío Paulino Sem y el licenciado Henry Sadhalá Dumit, quienes asumieron el compromiso de cumplir con la resolución No. 377-02 del Consejo Nacional de la Seguridad social.
La resolución del CNSS, “establece el derecho de afiliación al sistema de Seguridad social de todas las personas de nacionalidad extranjera que se encuentre en situación migratoria regular en el país, e instruye a la TSS a firmar acuerdos de colaboración, interconexión e intercambio de información con otras instituciones para que hacerla efectiva”.
El acuerdo entre Migración y la TSS permitirá utilizar la tecnología de la información y la comunicación para interconectar a ambas instituciones con el compromiso obligatorio de mantener la discreción de las informaciones suministradas.
Así, mediante el acuerdo podrán “recopilar, procesar y mantener enlazadas las bases de datos del centro de acopio de informaciones en relación al estatus de las personas de nacionalidad extranjeras que se encuentren en situación migratoria regular en el país”.
Tanto la DGM como la TSS, se obligan mediante el acuerdo a adoptar las medidas administrativas correspondientes para que las informaciones sean utilizadas “única y exclusivamente” para el propósito establecido en el convenio.
Sin embargo, plantea que ambas instituciones, respectivamente podrán suministrar informaciones a terceros siempre que, por escrito, sea autorizada por la otra parte, para lo cual se enviara una listado con la relación de las personas o instituciones autorizadas a recibirlas.
Para la firma del convenio de colaboración, los directores de los dos organismos estatales se sujetaron a lo dispuesto en el artículo 49, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana, que establece “el libre acceso a la información, solo limitado por el respeto al derecho a la intimidad, al honor, la dignidad y la moral de las personas”.
Ademas, la Ley 285-04 sobre migración, autoriza a la DGM a establecer acuerdos en materia migratoria con instituciones públicas y privadas en lo relativo al proceso de control migratorio así como en lo relativo a las entradas y salidas de territorio dominicano, para garantizar el cumplimiento de las regulaciones migratorias.
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